El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Vigente

Artículo 106

Artículo 106 de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar. · BOE-A-1987-16791

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-05-01.

Texto consolidado

1. Todos los defensores, en su actuación ante la jurisdicción militar, serán libres e independientes, se sujetarán al principio de buena fe, gozarán de los derechos inherentes a la dignidad de su función y serán amparados por aquélla en su libertad de expresión y defensa.

2. Los defensores deberán guardar secreto de todos los hechos o noticias de que conozcan por razón de cualesquiera de las modalidades de su actuación, no pudiendo ser obligados a declarar sobre los mismos.

3. Responderán penal, civil y disciplinariamente de las infracciones en que pudieran incurrir en el ejercicio de sus funciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-05-01.

Más artículos de Ley Orgánica 4/1987

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 4/1987 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.