Artículo 106. Modificaciones del planeamiento general municipal promovidas por la iniciativa particular.
Artículo 106 de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja. · BOE-A-2006-9008
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-04.
Texto consolidado
1. Los particulares podrán presentar propuestas de modificaciones puntuales del planeamiento general municipal.
2. Se entenderán desestimadas las solicitudes de tramitación de modificaciones promovidas por la iniciativa particular cuando, transcurrido el plazo de tres meses desde el ingreso del expediente completo en el Registro, no haya recaído resolución expresa. En la tramitación de estos expedientes no procederá la subrogación por la Comunidad Autónoma, salvo que concurran razones de especial interés público y social que lo justifiquen.