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Ley Vigente

Artículo 104. Sujetos responsables.

Artículo 104 de la Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región de Murcia. · BOE-A-2021-21315

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-30.

Texto consolidado

1. Podrán ser sancionadas por hechos constitutivos de infracción administrativa las personas físicas o jurídicas que resulten responsables de los mismos a título de dolo o culpa.

2. Se consideran autores de las infracciones tipificadas por esta ley quienes realicen los hechos por sí mismos, conjuntamente o a través de persona interpuesta. También tendrán la consideración de autores quienes cooperen en su ejecución mediante una acción u omisión sin la cual la infracción no hubiese podido llevarse a cabo.

3. Las personas titulares de los centros y servicios responderán subsidiariamente por las acciones u omisiones de sus gestores, así como por las del personal a su servicio.

4. Cuando la infracción sea cometida conjuntamente por varios sujetos responsables, estos responderán de forma solidaria de las infracciones que se cometan y de las sanciones que se impongan.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-08-30.

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