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Ley Vigente

Artículo 104.

Artículo 104 de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021. · BOE-A-2021-1859

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Texto consolidado

Se modifica el artículo 10.7 del Decreto-ley 5/2017, de 20 de octubre, del Consell, por el cual se establece el régimen jurídico de cooperación entre la Generalitat y las administraciones locales de la Comunitat Valenciana para la construcción, la ampliación, la adecuación, la reforma y el equipamiento de centros públicos docentes de la Generalitat, que queda redactado tal como sigue:

«Artículo 10. Gestión económica y control interno.

7. Los municipios o, si procede, las entidades locales que actúen como sujetos receptores de la delegación, preferentemente, cederán a favor de los terceros contratistas los créditos o derechos de cobro que tienen contra la Generalitat en ejecución de las delegaciones de competencias previstas en el presente decreto-ley.

Si no se produce la mencionada cesión, tendrá que ser comunicada a la conselleria competente en materia de educación.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

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