Artículo 103 quaterquadragies. Cuota tributaria.
Artículo 103 quaterquadragies de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. · BOE-A-1999-2944
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-08-29.
Texto consolidado
Los servicios complementarios y los de refuerzo, la prestación de los cuales constituye el hecho imponible, quedan gravados de la siguiente manera:
Concepto
Cuota
1. Tasas por servicios complementarios.
1.1 Servicio de alimentación (de 13.00 h a 14.00 h).
120 €/mes
6 €/día
1.2 Servicio de primera acogida (de 7.30 h a 7.59 h).
30 €/mes
1,50 €/día
1.3 Servicio de acogida (de 8.00 h a 8.45 h).
21 €/mes
1,05 €/día
1.4 Servicio de recogida de 13.15 h a 14.00 h (sin comedor).
21 €/mes
1,05 €/día
1.5 Servicio de recogida de 14.15 h a 15.00 h.
23 €/mes
1,15 €/día
1.6 Servicio de recogida de 15.15 h a 16.00 h.
46 €/mes
2,30 €/día
2. Tasas por servicios de refuerzo.
2.1 Curso de masaje (6 sesiones).
3 €/sesión
2.2 Espacios familiares (10 sesiones semanales de dos horas).
12 €
2.3 Taller de familias (6 sesiones mensuales de dos horas).
12 €
Los servicios de escolarización básica para el mes de julio, la prestación de los cuales constituye el hecho imponible, quedan gravados de la siguiente manera:
Concepto
Cuota
1. Tasas por servicios educativos.
1.1 Jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h (niños de 1.º de educación infantil).
180 €/mes
1.2 Jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h (niños de 2.º y 3.º de educación infantil).
175 €/mes
Se modifica, con efectos a partir del 1 de septiembre de 2023 para el curso escolar 2023-2024, por la disposición final 1.5 de la Ley 11/2022, de 28 de diciembre de 2022. Ref. BOE-A-2023-2980
Se modifica, con efectos a partir del 1 de septiembre de 2022 para el curso escolar 2022-2023, por la disposición final 1.12 de la Ley 5/2021, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-807
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-24417.