Artículo 102. Publicidad de las resoluciones sancionadoras.
Artículo 102 de la Ley 8/2024, de 30 de diciembre, de accesibilidad universal de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2025-717
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-08.
Texto consolidado
1. La resolución sancionadora firme en vía administrativa por infracciones muy graves en materia de accesibilidad se publica, según dispone la autoridad administrativa que la ha adoptada, en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», sitio web u otro medio, una vez notificada a las personas interesadas, y después de resolver, en su caso, sobre los aspectos confidenciales de su contenido teniendo como contenido mínimo la identificación del infractor, hechos acreditados, tipos de infracción, normativa aplicada y el importe de la sanción y posibles sanciones accesorias.
2. En todo caso, se excluye de lo dispuesto en este artículo las infracciones muy graves por uso indebido de tarjetas de estacionamiento.