Artículo 102. Vigencia de los planes.
Artículo 102 de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja. · BOE-A-2006-9008
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-04.
Texto consolidado
Los planes y demás instrumentos de ordenación urbanística tendrán vigencia indefinida.