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Ley Vigente

Artículo 100. Determinación de las necesidades de gasto.

Artículo 100 de la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura. · BOE-A-2022-5853

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-22.

Texto consolidado

1. Para determinar las necesidades de gasto y la financiación de la Comunidad Autónoma se reclamará al Estado que se tengan en consideración la existencia de unos costes fijos derivados de las peculiaridades de la región.

2. Además, se deberán considerar aquellas variables más relevantes, como la superficie regional en relación con la nacional, la baja densidad de la población, el envejecimiento, el menor nivel de renta, la población en situación de exclusión o pobreza, el peso del mundo rural y la distancia y tiempo de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-03-22.

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