Artículo 10. Composición.
Artículo 10 del Real Decreto 877/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales. · BOE-A-2014-10874
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-26.
Texto consolidado
La Junta de Gobierno del Consejo General estará compuesta por la Presidencia del Consejo, dos personas que asumirán la Vicepresidencia, la Secretaria General, Tesorería y seis vocales.
El número de vocales podrá ser ampliado hasta ocho cuando las necesidades lo requieran, por acuerdo de la Asamblea General.