Artículo 10. Obligaciones de las compañías aéreas.
Artículo 10 del Real Decreto 632/2013, de 2 de agosto, de asistencia a las víctimas de accidentes de la aviación civil y sus familiares y por el que se modifica el Real Decreto 389/1998, de 13 de marzo, por el que se regula la investigación de los accidentes e incidentes de aviación civil. · BOE-A-2013-8567
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-08-04.
Texto consolidado
Las compañías aéreas con licencia de explotación española están obligadas a contar con un plan de asistencia a las víctimas de accidentes de la aviación civil y a sus familiares, que incluirá, al menos, la asistencia prevista en este capítulo.
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