Artículo 10. Autoridad de Gestión y Organismo Intermedio de la presente iniciativa.
Artículo 10 del Real Decreto 616/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del Programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020. · BOE-A-2017-6897
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-18.
Texto consolidado
1. La Autoridad de Gestión de la presente iniciativa será la Subdirección General de Gestión del Fondo Europeo de Desarrollo Regional del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
2. Las Entidades beneficiarias deberán presentar al IDAE la información de la senda financiera prevista o derivada de la ejecución de las actuaciones contempladas en los proyectos singulares subvencionables, así como de sus resultados esperados, que se cuantificarán en base a los indicadores previstos en el Programa de Crecimiento Sostenible e indicados para cada actuación en el anexo I.
Más artículos de Real Decreto 616/2017
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- Ver la norma completa: Real Decreto 616/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del Programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020.