Artículo 10. Instrucción.
Artículo 10 del Real Decreto 610/1999, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 43/1998, de 15 de diciembre, de Restitución o Compensación a los Partidos Políticos de Bienes y Derechos Incautados en aplicación de la normativa sobre responsabilidades políticas del período 1936-1939. · BOE-A-1999-8584
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-18.
Texto consolidado
La Dirección General del Patrimonio del Estado realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos, hechos o circunstancias en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución.
Más artículos de Real Decreto 610/1999
- ← Artículo 9. Admisión de solicitudes.
- → Artículo 11. Informe técnico de valoración.
- Ver la norma completa: Real Decreto 610/1999, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 43/1998, de 15 de diciembre, de Restitución o Compensación a los Partidos Políticos de Bienes y Derechos Incautados en aplicación de la normativa sobre responsabilidades políticas del período 1936-1939.