Artículo 10. Competencias de la Asamblea General.
Artículo 10 del Real Decreto 536/2025, de 24 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de España. · BOE-A-2025-12862
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-15.
Texto consolidado
Son competencias de la Asamblea General:
a) Aprobar los Estatutos, el Reglamento de Régimen Interno, el Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Disciplinaria y el Reglamento de Procedimiento Electoral del Consejo General.
b) Aprobar los Estatutos Generales de la Organización Farmacéutica Colegial para su ulterior aprobación por el Gobierno.
c) Aprobar el Código Deontológico, así como la normativa común de ordenación del ejercicio de la profesión.
d) Aprobar, con carácter ordinario o extraordinario, los presupuestos y su liquidación, así como determinar las contribuciones de los colegios.
e) Crear, modificar, suprimir o cambiar la denominación de las Vocalías Nacionales de Sección y aprobar su Reglamento de Régimen Interno.
f) Las demás consignadas en estos estatutos y aquellas otras que, siendo competencia del Pleno o del Comité Directivo, acuerden éstos someter a consideración de la Asamblea General.