El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 10. El Comité Técnico Permanente.

Artículo 10 del Real Decreto 42/2010, de 15 de enero, por el que se regula la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida. · BOE-A-2010-1705

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-02-05.

Texto consolidado

Se constituirá un Comité Técnico Permanente compuesto por los siguientes miembros de la Comisión:

1. La persona titular de la Presidencia o persona en quien delegue.

2. La persona que ocupe la Secretaría.

3. Las vocalías designadas por las siguientes sociedades científicas: la Sociedad Española de Fertilidad, la Asociación para el Estudio de la Biología de la Reproducción y la Asociación Española de Genética Humana.

4. La vocalía designada por el Ministerio de Justicia.

5. La vocalía designada por la Organización Nacional de Trasplantes.

El Comité estudiará, analizará y elevará al Pleno propuesta de informe en los supuestos previstos en el artículo 3.12.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-02-05.

Más artículos de Real Decreto 42/2010

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 42/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.