Artículo 10. Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.
Artículo 10 del Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. · BOE-A-2016-10167
Atención: Real Decreto 415/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Corresponde al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de energía, turismo, telecomunicaciones y sociedad de la información, así como el desarrollo de la Agenda Digital.
2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Energía.
b) La Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital.
c) La Secretaría de Estado de Turismo.