Artículo 10. Compatibilidad.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-11-30.
Texto consolidado
Las subvenciones concedidas al amparo del presente real decreto serán incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.
Más artículos de Real Decreto 1971/2008
- ← Artículo 9. Justificación de las subvenciones.
- → Artículo 11. Responsabilidad.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1971/2008, de 28 de noviembre, por el que se regula la concesión de forma directa de subvenciones a las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales por su participación en los órganos consultivos del Ministerio de Trabajo e Inmigración, de sus organismos autónomos y de las entidades gestoras de la Seguridad Social.