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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 10. Empresas instaladoras.

Artículo 10 del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. · BOE-A-1993-29581

Atención: Real Decreto 1942/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La instalación de aparatos, equipos, sistemas y sus componentes, a que se refiere este reglamento, con excepción de los extintores portátiles, se realizará por empresas instaladoras debidamente habilitadas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-23.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio..

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