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Real Decreto Derogada

Artículo 10. El Presidente.

Artículo 10 del Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Meteorología. · BOE-A-2008-2597

Atención: Real Decreto 186/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Presidente de la Agencia Estatal de Meteorología, es nombrado y separado por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Medio Ambiente.

El Presidente de la Agencia tendrá la consideración de alto cargo, de conformidad con lo previsto en el artículo 3.2.e) de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, con los efectos que se recogen en la misma y aquellos otros que le sean aplicables en relación con dicha consideración.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-02-15.

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