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Real Decreto Vigente

Artículo 10. Módulos profesionales.

Artículo 10 del Real Decreto 1686/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos y se fijan sus enseñanzas mínimas. · BOE-A-2008-646

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-16.

Texto consolidado

1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:

a) Quedan desarrollados en el Anexo I del presente real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.

b) Son los que a continuación se relacionan:

0171. Estructura del mercado turístico.

0172. Protocolo y relaciones públicas.

0173. Marketing turístico.

0174. Dirección de alojamientos turísticos.

0175. Gestión del departamento de pisos.

0176. Recepción y reservas.

0177. Recursos humanos en el alojamiento.

0178. Comercialización de eventos.

0179. Inglés.

0180. Segunda lengua extranjera.

0181. Proyecto de gestión de Alojamiento Turístico.

0182. Formación y orientación laboral.

0183. Empresa e iniciativa emprendedora.

0184. Formación en Centros de Trabajo.

2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-16.

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