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Real Decreto Vigente

Artículo 10. Funciones.

Artículo 10 del Real Decreto 1526/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Instituto Cervantes. · BOE-A-1999-20193

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-10-13.

Texto consolidado

Corresponden al Patronato las siguientes funciones:

a) Proponer las prioridades de actuación del Instituto para el mejor cumplimiento de sus fines.

b) Conocer e informar, con carácter previo a su aprobación, los planes generales de actividades del Instituto.

c) Conocer e informar, con carácter previo a su aprobación, la memoria anual de actividades.

d) Proponer cuantas iniciativas puedan contribuir al mejor funcionamiento del Instituto y al cumplimiento de sus fines.

e) Proponer al Gobierno el nombramiento de los dos consejeros, miembros del Patronato, que lo representen en el Consejo de Administración.

f) Crear, a propuesta del Consejo de Administración, las distinciones honoríficas del Instituto Cervantes y aprobar las reglas necesarias para su otorgamiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-10-13.

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