Artículo 10. Delegación de competencias en materia de ejercicio de acciones.
Artículo 10 de la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, de delegación de competencias. · BOE-A-2012-8346
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-06-22.
Texto consolidado
Se delega en el titular de la Subsecretaría de Hacienda y Administraciones Públicas la autorización para el ejercicio de acciones de cualquier naturaleza en materias que sean competencia del departamento y la autorización para la defensa ante la jurisdicción penal de funcionarios públicos en los supuestos que proceda.