Artículo 10. Junta de Contratación Centralizada.
Artículo 10 de la Orden HAC/459/2026, de 22 de abril, de declaración de suministros y servicios de contratación centralizada y por la que se determina el procedimiento de su contratación. · BOE-A-2026-10307
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-05-13.
Texto consolidado
La Junta de Contratación Centralizada, órgano colegiado adscrito a la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, es el órgano de contratación del sistema estatal de contratación centralizada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 229.5 y 323.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional sexta del Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, la Junta de Contratación Centralizada ejercerá sus funciones en pleno o en Comisión Permanente.
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