Artículo 10. Procedimiento para la presentación telemática por teleproceso del modelo 189.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-01.
Texto consolidado
1. La presentación telemática por teleproceso del modelo 189, se ajustará a lo dispuesto en la Orden de 21 de diciembre de 2000, por la que se establece el procedimiento para la presentación telemática por teleproceso de las declaraciones correspondientes a los modelos 187, 188, 193, 194, 196, 198, 296, 345 y 347.
2. En aquellos supuestos en que por razones de carácter técnico no fuera posible efectuar la presentación telemática por teleproceso de la declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, modelo 189, en el plazo a que se refiere el artículo 5 de esta Orden, dicha presentación podrá efectuarse durante los tres días naturales siguientes al de finalización del mencionado plazo.
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- Ver la norma completa: Orden EHA/3481/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores de dicho modelo por soportes directamente legibles por ordenador y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática.