Artículo 10. Composición y funcionamiento de la Junta de Contratación Centralizada.
Artículo 10 de la Orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada. · BOE-A-2008-6804
Atención: Orden EHA/1049/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Junta de Contratación Centralizada actuará en Pleno o en Comisión Permanente, como órgano de contratación colegiado en el ámbito de las competencias atribuidas por el ordenamiento jurídico. El Pleno ejercerá las funciones que le atribuye el ordenamiento jurídico, salvo las asignadas a la Comisión Permanente en el artículo 12 de esta Orden.
La Junta de Contratación Centralizada contará, para el ejercicio de sus funciones, con una Secretaría que le prestará apoyo administrativo cuando actúe en Pleno y en Comisión Permanente.