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Orden Vigente

Artículo 10. La persona delegada de Protección de Datos.

Artículo 10 de la Orden AUC/1147/2021, de 15 de octubre, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información en el ámbito de la administración digital del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y se modifica la Orden AEC/1372/2016, de 19 de julio, por la que se crea y regula la Comisión Ministerial para la Administración Digital del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. · BOE-A-2021-17277

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-26.

Texto consolidado

1. La persona delegada de Protección de Datos ejerce las funciones detalladas en la Sección 4 del Capítulo IV del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y en el Título V del Capítulo III de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre. Tendrá en todo caso acceso al registro de las actividades de tratamientos de datos de carácter personal al que se refiere el artículo 30 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.

2. La designación de la persona delegada de Protección de Datos del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y de los organismos adheridos a esta PSI se efectuará conforme con el artículo 37 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 y del artículo 34 de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre. En consecuencia, será designada una persona atendiendo a sus cualidades profesionales y, en particular, a sus conocimientos especializados del Derecho y la práctica en materia de protección de datos y a su capacidad para desempeñar las funciones que tiene encomendadas. Se comunicarán los nombramientos a la persona o unidad responsable de seguridad, para que pueda mantener el inventario mencionado en el artículo 7.3.d).

3. La persona delegada de Protección de Datos estará adscrita a la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, correspondiendo sus funciones a la Inspección General de Servicios, y será única para todo el Departamento, sin perjuicio de la existencia de personas delegadas de Protección de Datos en los organismos públicos adscritos al Departamento y del nombramiento de personas delegadas adjuntas en todas las representaciones en el Exterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-10-26.

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