Artículo 10. Enseñanza no obligatoria.
Artículo 10 de la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación. · BOE-A-1999-24195
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-12-03.
Texto consolidado
Para facilitar la continuidad de la formación del alumnado que haya obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria, la Consejería de Educación y Ciencia adoptará las medidas oportunas para el desarrollo de acciones de apoyo que favorezcan su escolarización en las etapas educativas no obligatorias.