Artículo 10. Cuerpos especiales.
Artículo 10 de la Ley 7/2021, de 11 de noviembre, de los cuerpos y de las escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. · BOE-A-2021-20732
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-23.
Texto consolidado
Los cuerpos especiales, clasificados en los grupos y subgrupos previstos en el artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado Público, son:
1. Cuerpo Superior Facultativo, en el grupo A, subgrupo A1.
2. Cuerpo Técnico, en el grupo A, subgrupo A2.
3. Cuerpo de Ayudantes Técnicos, en el grupo B.