Artículo 10.
Artículo 10 de la Ley 6/1990, de 11 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Región de Murcia. · BOE-A-1990-16904
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-05-23.
Texto consolidado
1. Todos los centros integrados en el Sistema de Archivos de la Región de Murcia estarán atendidos por personal suficiente, con la cualificación, especialización y el nivel técnico que exijan las diversas funciones.
2. Corresponde a la Consejería de Cultura, Educación y Turismo fijar los criterios de homogeneización de las pruebas específicas de acceso de personal cualificado que atiendan los archivos integrados en el Sistema de Archivos de la Región de Murcia.
3. La Consejería de Cultura, Educación y Turismo facilitará la formación permanente y actualización profesional del personal de los archivos integrados en el Sistema.