Artículo 10. Defensa de la libre competencia.
Artículo 10 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine. · BOE-A-2007-22439
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-30.
Texto consolidado
El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales o, en su caso, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, velarán porque la libre competencia en el mercado no se vea alterada. A estos efectos, pondrán en conocimiento de la Comisión Nacional de la Competencia o, en su caso y cuando proceda, de los respectivos Órganos de Competencia de las Comunidades Autónomas, los actos, acuerdos o prácticas de los que tenga conocimiento y que presenten indicios de resultar contrarios a la legislación de defensa de la competencia, comunicando todos los elementos de hecho a su alcance y, en su caso, remitiendo un dictamen no vinculante de la calificación que le merecen los hechos.