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Ley Derogada

Artículo 10. Instrucción.

Artículo 10 de la Ley 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. · BOE-A-2007-22293

Atención: Ley 49/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las infracciones no podrán ser objeto de sanción sin previa instrucción del oportuno expediente, de conformidad con el procedimiento administrativo especial en esta materia establecido en la presente Ley y en la legislación autonómica correspondiente.

2. Cuando una Administración Pública, en el transcurso de la fase de instrucción, considere que la potestad sancionadora en relación con la presunta conducta infractora corresponde a otra Administración Pública, lo pondrá en conocimiento de ésta en unión del correspondiente expediente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-03-27.

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