El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 10. Coordinación.

Artículo 10 de la Ley 4/2021, de 13 de mayo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma. · BOE-A-2021-10670

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-21.

Texto consolidado

1. A los efectos de esta ley, se entiende por coordinación la determinación de los criterios mínimos necesarios para la mejor adecuación de la formación, organización, dotación y actuación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento, así como la fijación de los medios para homogeneizar los diferentes servicios en el territorio de Cantabria, a fin de lograr una acción que mejore su profesionalidad y eficacia, tanto en sus acciones individuales como en las conjuntas, sin perjuicio de la autonomía de autoorganización que corresponde a cada Administración pública.

2. Sin perjuicio del ejercicio de las funciones de coordinación en los términos establecidos en la presente ley, los municipios con Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento tendrán la competencia de organización de una estructura municipal de protección civil y de ejecución de las acciones de intervención en aquellas emergencias que sean de su competencia de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Cantabria 3/2019, de 8 de abril, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-11-21.

Más artículos de Ley 4/2021

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.