Artículo 10. Transparencia, información pública y publicidad activa.
Artículo 10 de la Ley 4/2019, de 18 de febrero, de mejora de la eficiencia energética y las condiciones térmicas y ambientales de los centros educativos extremeños. · BOE-A-2019-3490
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.
Texto consolidado
1. La documentación derivada del desarrollo de los instrumentos y actuaciones previstos en el título II de esta ley se publicará en el portal de transparencia de la Junta de Extremadura.
2. La Consejería competente en materia de educación habilitará medidas específicas para dar a conocer a la comunidad educativa, a los sindicatos con representación en el ámbito educativo y al resto de la ciudadanía los instrumentos y actuaciones previstos en el título II de esta ley.
Más artículos de Ley 4/2019
- ← Artículo 9. Participación de la comunidad educativa en la gestión sostenible de los centros educativos extremeños.
- → Disposición adicional. Habilitación a la Junta de Extremadura para el desarrollo reglamentario.
- Ver la norma completa: Ley 4/2019, de 18 de febrero, de mejora de la eficiencia energética y las condiciones térmicas y ambientales de los centros educativos extremeños.