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Ley Vigente

Artículo 10. Tratamientos obligatorios.

Artículo 10 de la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2016-11097

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-02-10.

Texto consolidado

La Consejería competente en materia de protección y sanidad animal podrá ordenar la realización de tratamientos preventivos o curativos a los animales, por razones de sanidad o bienestar animal o de salud pública.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-02-10.

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