Artículo 10. Participación en el Consejo Económico y Social de las Illes Baleares.
Artículo 10 de la Ley 3/2018, de 29 de mayo, del tercer sector de acción social. · BOE-A-2018-8160
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-01.
Texto consolidado
Las organizaciones del Tercer Sector Social de las Illes Balears participarán en el Consejo Económico y Social de las Illes Balears y tendrán derecho a designar dos personas representantes como miembros de pleno derecho, en la forma que disponga la norma reguladora de este órgano.
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- Ver la norma completa: Ley 3/2018, de 29 de mayo, del tercer sector de acción social.