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Ley Vigente

Artículo 10. La propuesta de actuación.

Artículo 10 de la Ley 2/2009, de 19 de marzo, de rehabilitación y mejora de barrios de los municipios de las Illes Balears. · BOE-A-2009-8275

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-27.

Texto consolidado

La propuesta de actuación tendrá que incluir la estrategia social, económica, urbanística, arquitectónica y de vivienda, con comentarios sobre las actuaciones de rehabilitación y mejora que se pretenden llevar a cabo. Esta propuesta incluirá una memoria justificativa y unos planos resumen donde se detallaran los aspectos siguientes:

1. Actuaciones de carácter urbanístico, como las dirigidas a la mejora del espacio público, la provisión de equipamientos y zonas verdes, la implantación y la renovación de las redes infraestructurales, la mejora de la accesibilidad, y el fomento de la sostenibilidad y la eficiencia energética y ambiental del desarrollo urbano.

2. Actuaciones a nivel arquitectónico dirigidas, entre otras, a fomentar políticas de rehabilitación de edificios así como a proceder, si es necesario, a la tramitación de un área de rehabilitación integral (ARI) o de un área de renovación urbana (ARU). Estas actuaciones podrán promover, asimismo, la incorporación de tecnologías de la información a los edificios y el fomento de medidas de eficiencia energética, ahorro en el consumo de agua y reciclaje de residuos en las edificaciones.

3. Actuaciones a nivel de vivienda, como las dirigidas al fomento del alquiler y del alquiler con opción de compra y la construcción de viviendas de protección oficial. Se pondrá especial atención en las actuaciones dirigidas a la población joven, a los grupos económicamente desfavorecidos, así como a la población dependiente.

4. Actuaciones a nivel económico y social, como actuaciones de promoción social que beneficien a los colectivos desfavorecidos, fomento de la equiparación en el acceso a los servicios públicos, desarrollo de programas que comporten una mejora social y económica del barrio de la ciudad o del pueblo, facilidades para la implantación de actividades económicas estables, así como para el desarrollo del mercado laboral local, con especial atención a la inserción laboral de los desocupados.

5. Actuaciones para la equidad de género en el uso del espacio urbano y de los equipamientos.

6. Actuaciones dirigidas al fomento de participación ciudadana en el desarrollo de las actuaciones.

7. Asimismo, las propuestas tendrán que indicar si hay otras intervenciones públicas en curso o proyectadas en el mismo ámbito y promover la coordinación de las mismas con las propuestas en el proyecto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-03-27.

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