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Ley Vigente

Artículo 10. Retirada del reconocimiento.

Artículo 10 de la Ley 18/2015, de 29 de julio, de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias. · BOE-A-2015-9677

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-24.

Texto consolidado

1. El departamento competente en materia agroalimentaria debe retirar el reconocimiento a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias que dejen de cumplir alguna de las condiciones establecidas por el artículo 4.

2. Puede revocarse el reconocimiento a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias que permanezcan inactivas durante un período ininterrumpido de tres años.

3. La retirada del reconocimiento se efectúa habiendo otorgado a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias afectadas un período de audiencia previa mínimo de un mes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-08-24.

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