Artículo 10. Gestión, seguimiento y evaluación.
Artículo 10 de la Ley 17/2002, de 19 de diciembre, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I + D + I) en Castilla y León. · BOE-A-2003-1914
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-09-20.
Texto consolidado
1. La gestión y ejecución de los programas de la Estrategia Regional de I + D + I corresponderá a los distintos órganos competentes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León; a los Centros de Investigación dependientes de la misma; a las Universidades de Castilla y León; a los Centros Tecnológicos regionales; a los Centros de Investigación y a empresas e instituciones públicas y privadas de reconocida capacidad investigadora.
2. El órgano central al que se refiere el artículo 3.2 realizará una memoria anual que recoja todas las actuaciones realizadas en ejecución de la Estrategia, que someterá al conocimiento de la Comisión de Secretarios Generales. Dicha memoria será elevada a la Junta de Castilla y León, previo informe del Consejo Asesor.
3. La Junta de Castilla y León informará a las Cortes Regionales acerca del seguimiento y evaluación de la Estrategia, mediante el traslado de la Memoria anual correspondiente.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2014-9959.