Artículo 10. Naturaleza de las prestaciones económicas y de las ayudas de emergencia social.
Artículo 10 de la Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión. · BOE-A-2023-1405
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-29.
Texto consolidado
1. La renta de garantía de ingresos se configura como derecho subjetivo de todas aquellas personas que cumplan los requisitos de acceso a la prestación previstos en esta ley. Carece de naturaleza subvencional.
2. El ingreso mínimo vital se configura como derecho subjetivo en los términos previstos en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital o en la norma que la sustituya.
3. Las ayudas de emergencia social tienen naturaleza subvencional y, por ello, no se configuran como derechos subjetivos de las personas beneficiarias.
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