Artículo 10. Financiación.
Artículo 10 de la Ley 14/2009, de 11 de noviembre, por la que se regula el programa temporal de protección por desempleo e inserción. · BOE-A-2009-18003
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-11-13.
Texto consolidado
1. La prestación extraordinaria por desempleo que se regula en esta Ley se financiará con cargo a los presupuestos del Servicio Público de Empleo Estatal.
2. Las acciones incluidas en los itinerarios de empleo se financiarán con cargo a los presupuestos de los Servicios Públicos de Empleo competentes.