Artículo 10. Depositario de la documentación.
Artículo 10 de la Ley 13/2014, de 14 de julio, de transformación del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores. · BOE-A-2014-7468
Atención: Ley 13/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Secretaría de Estado de Administraciones Públicas será la depositaria de toda la documentación contable, mercantil y administrativa correspondientes a las actividades del extinto Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.