Artículo 10. Disposiciones comunes a la fusión e integración de cámaras.
Artículo 10 de la Ley 10/2019, de 25 de abril, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Canarias. · BOE-A-2019-8706
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-14.
Texto consolidado
1. La aprobación de una modificación territorial por fusión o integración cameral solo será eficaz a partir del siguiente proceso electoral general de las cámaras.
2. Reglamentariamente, se establecerá el régimen de modificación de los censos electorales y de los reglamentos de régimen interior, así como el régimen de funcionamiento de las cámaras afectadas durante el periodo que transcurra entre la autorización del Gobierno de Canarias y el siguiente proceso electoral de las cámaras.