Artículo 10. Comunicación cultural entre Administraciones Públicas.
Artículo 10 de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial. · BOE-A-2015-5794
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-28.
Texto consolidado
Las Administraciones Públicas propiciarán, de común acuerdo, la comunicación cultural entre ellas, el conocimiento de la pluralidad del patrimonio cultural de los españoles, los pueblos de España y otras comunidades, así como el intercambio de información sobre sus actividades culturales, considerando la diversidad de las expresiones culturales como una riqueza que ha de ser mantenida y preservada hacia el futuro.
El Plan Nacional de Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial a que se refiere el artículo 13 incluirá bases y líneas de colaboración para el impulso de la comunicación cultural.