Artículo 10. Ayuda por permisos de paternidad.
Artículo 10 de la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2007-6611
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.
Texto consolidado
Con el fin de facilitar la corresponsabilidad parental, la Administración de la Comunidad establecerá subvenciones o beneficios fiscales dirigidos a fomentar el uso del permiso paternal tras el nacimiento, adopción o acogimiento tanto preadoptivo como permanente.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-556.