El Vínculo El Vínculo.
Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 10.

Artículo 10 del Instrumento de ratificación del Convenio relativo a la notificación o traslado en el extranjero de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o comercial, hecho en La Haya el 15 de noviembre de 1965. · BOE-A-1987-19797

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-08-03.

Texto consolidado

Salvo que el Estado de destino declare oponerse a ello, el presente Convenio no impide:

a) La facultad de remitir directamente, por vía postal, los documentos judiciales a las personas que se encuenten en el extranjero.

b) La facultad, respecto de funcionarios ministeriales o judiciales u otras personas competentes del Estado de origen, de proceder a las notificaciones o traslados de documentos judiciales directamente a través de funcionarios ministeriales o judiciales u otras personas competentes del Estado de destino.

c) La facultad, respecto de cualquier persona interesada en un procedimiento judicial, de proceder a las notificaciones o traslados de documentos judiciales directamente a través de funcionarios ministeriales o judiciales u otras personas competentes del Estado de destino.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-08-03.

Más artículos de BOE-A-1987-19797

En El Vínculo puedes leer BOE-A-1987-19797 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.