Artículo 10. Naturaleza y composición del Consejo de Industria de Aragón.
Artículo 10 del Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón. · BOA-d-2013-90259
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-14.
Texto consolidado
1. El Consejo de Industria de Aragón es el órgano representativo, colegiado, consultivo y de participación en materia de industria.
2. El Consejo tendrá como fines estimular el consenso y la unidad de acción en materia de industria y la coordinación de los intereses públicos y privados que confluyen en la misma.
3. En su composición estarán representadas las asociaciones empresariales y sindicales más representativas, los profesionales y agentes del sector industrial y del sistema de la seguridad industrial de Aragón y los departamentos con competencias conexas o relacionadas en la materia.
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