Artículo 10 bis. Caza y pesca deportiva.
Artículo 10 bis de la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado. · BOE-A-2020-4793
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-11.
Texto consolidado
Lo previsto en este capítulo no será de aplicación a la caza y pesca deportiva.#df-3
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