Artículo 1. Entrada individual general.
Artículo 1 de la Resolución de 17 de diciembre de 2020, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Permanente del Real Patronato del Museo Nacional del Prado, en el que se fijan los precios públicos de entrada al Museo. · BOE-A-2020-16784
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
1. Se establece una entrada individual general al Museo Nacional del Prado, que incluye tanto el acceso a la Colección permanente como a las exposiciones temporales que, en su caso, sean coetáneas el día de la visita.
2. El precio de la entrada individual general se establece en 15 euros.
3. La adquisición de una entrada individual general da derecho a una única visita al Museo, con validez de un día.
4. Cuando se ofrezca al visitante exposiciones complementarias a la visita a la Colección, la Dirección del Museo, en virtud de las características de éstas, podrá fijar mediante Resolución y previa aprobación de la Comisión Permanente del Real Patronato del Museo Nacional del Prado, el precio de la entrada individual general al Museo.
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- → Artículo 2. Modalidades de entrada individual general.
- Ver la norma completa: Resolución de 17 de diciembre de 2020, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Permanente del Real Patronato del Museo Nacional del Prado, en el que se fijan los precios públicos de entrada al Museo.