Artículo 1. Límite de la cuantía inicial de las pensiones públicas.
Artículo 1 del Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social. · BOE-A-2026-2548
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-02-04.
Texto consolidado
Desde el 1 de enero de 2026 y hasta la aprobación de la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, el límite máximo para la percepción de las pensiones públicas del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado causadas en 2026 será de 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros anuales.