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Real Decreto Vigente

Artículo 1. Objeto y finalidad.

Artículo 1 del Real Decreto 91/2025, de 11 de febrero, por el que se establece el mecanismo de gobernanza en materia de energía, cambio climático y calidad del aire. · BOE-A-2025-3560

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-02-23.

Texto consolidado

1. Este real decreto tiene por objeto establecer los mecanismos de gobernanza que permitan dar cumplimiento a las obligaciones de información adquiridas por el Reino de España en virtud de los acuerdos y compromisos nacionales e internacionales relativos a la lucha contra el cambio climático y a las emisiones de los contaminantes atmosféricos, conforme a lo establecido en los artículos 4, 18 y 40 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, y lo establecido en el artículo 27.5 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, sobre los Informes de situación del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, los Informes sobre riesgos climáticos y adaptación y sobre las Políticas, Medidas, Inventarios, Proyecciones y Programas de Control de la Contaminación Atmosférica.

2. La finalidad de esta disposición es, por lo tanto, la definición de los mecanismos para:

a) La elaboración, aprobación y envío del Inventario Nacional y las proyecciones de emisiones a la atmósfera y la absorción por los sumideros de gases de efecto invernadero y otros contaminantes atmosféricos.

b) La identificación, seguimiento y envío de las políticas y medidas en materia de energía y clima, para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y otros contaminantes atmosféricos, el fomento de los sumideros, así como de los planes y programas sobre estas materias.

c) El cumplimiento de las obligaciones de información relativas al sector del uso de la tierra, el cambio de uso de la tierra y la silvicultura, las relacionadas con la adaptación al cambio climático y las relativas al apoyo financiero, tecnológico y de capacitación dado a países en desarrollo en relación con el cambio climático.

d) La elaboración, aprobación y envío de los Informes de Situación Nacionales Integrados de Energía y Clima.

e) La elaboración y envío de la Comunicación Nacional de España y del Informe Bienal de transparencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-02-23.

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