Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Artículo 1 del Real Decreto 732/2007, de 8 de junio, por el que se establecen las normas especiales sobre ayudas en el ámbito de la cooperación policial internacional. · BOE-A-2007-11529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-13.
Texto consolidado
1. Se regulan por el presente Real Decreto las ayudas sin contraprestación de cooperación policial internacional otorgadas por el Ministerio del Interior en desarrollo de la política del Gobierno en el marco de la política exterior española y en el desarrollo de la política de seguridad.
2. Quedan excluidas de esta norma las ayudas en materia de cooperación policial internacional cuando su otorgamiento no suponga ejercicio de las competencias constitucionales del Gobierno no sujetas a Derecho administrativo. Asimismo quedan excluidas de este Real Decreto las subvenciones establecidas por Ley, Acuerdo o Tratado internacional.